Bariloche Digital

Top Menu

  • Bariloche Digital
  • Contacto

Main Menu

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas

logo

Header Banner

Bariloche Digital

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas
Interes. Gral.
Inicio›Interes. Gral.›EL TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN CONFIRMÓ LA CONDENA AL EX-PERIODISTA DE CANAL 10 DE ROCA

EL TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN CONFIRMÓ LA CONDENA AL EX-PERIODISTA DE CANAL 10 DE ROCA

Publicado por BarilocheD
6 diciembre, 2024
408
0
Compartir:

SE TRATA DE LA CAUSA POR TENENCIA Y FACILITACIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL. El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó punto por punto la condena de 6 años de prisión que había dictado un Tribunal de Roca contra el ex conductor de televisión por la tenencia y facilitacion de 50 videos de abuso sexual de niños y niñas.

El imputado continúa bajo medidas cautelares que lo mantienen a disposición de la justicia porque la sentencia no está firme. En septiembre pasado, un Tribunal de Juicio de Roca condenó a Emiliano Gatti como autor de los delitos de “facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, agravada por la edad de las víctimas, en concurso ideal con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil (50 hechos), agravada por la edad de las víctimas (menores de 13 años)”. Por esos delitos, los jueces Luciano Garrido y Emilio Stadler y la jueza Verónica Rodríguez le impusieron 6 años de prisión.

La defensa cuestionó la sentencia y por eso en noviembre se realizó en Roca una audiencia ante el TI. Los jueces Miguel Cardella, Carlos Mussi y Adrián Zimmermann escucharon los agravios que plantearon los defensores y este jueves emitieron su sentencia, que confirma la decisión del Tribunal de Roca. La impugnación apuntó contra varios ejes de la sentencia. Cada agravio fue analizado y rechazado por el TI.

*Es constitucional*

La defensa planteó la inconstitucionalidad del artículo 128 del Código Penal. Esa norma castiga la producción, financiación, oferta, comercialización, publicación, facilitación, divulgación y distribución de imágenes de abuso sexual infantil y también la simple tenencia de esas imágenes. Cuestionaron, por un lado, que condenar la tenencia atenta contra el derecho a la intimidad de las personas. Y criticaron, además, que el artículo pone una misma escala penal a conductas de muy diferente gravedad.

El TI respondió que el castigo a la tenencia no viola la intimidad garantizada por la Constitución, porque “prevalece el derecho de protección de la dignidad y respeto de los derechos fundamentales de niñas y niños”. “El consumo de imágenes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes favorece el crecimiento de ese mercado, dado que la demanda del material incentiva la comisión de más abusos”, señaló el Tribunal.

Por eso resulta “esencial penalizar a todos los involucrados en la cadena de producción y distribución de pornografía infantil, desde su creación hasta su posesión, ya que esta conducta está íntimamente ligada a otros delitos graves como el abuso sexual, la trata de personas y la explotación sexual infantil”, dijo el Tribunal.

*Otros agravios*

La defensa planteó también la nulidad de los actos iniciales de la investigación. Alegó que se violaron “comunicaciones privadas” sin autorización judicial. “El acto inicial de investigación tuvo la debida justificación, que no afectó ninguna garantía del debido proceso”, respondió el TI. Además, “todas las acciones fueron respaldadas por órdenes judiciales”, incluido el allanamiento en el departamento del imputado.

En otro apartado se rechazó la posible responsabilidad de una tercera persona. El TI definió que ese planteo “es una hipótesis que no tiene sostén probatorio, de tal modo no tiene ninguna entidad para su tratamiento”. La defensa cuestionó además que se haya condenado a Gatti por el delito de “facilitación”, que es más grave que la simple tenencia. El TI rechazó el punto porque la descarga de los videos “facilitó la visualización y descarga del material a terceras personas usuarias también de la red eMule”.

Los jueces señalaron que las nuevas tecnologías “inciden en la expansión del crimen organizado” en torno a la explotación sexual de menores de edad. Por eso se busca “enjuiciar a cualquier persona que contribuya a estas actividades delictivas en cualquier forma”. “Gatti tuvo el conocimiento de que, a la vez que descargaba, facilitaba el material” a todos los demás usuarios de la red eMule.

*Una pena razonable*

Por último la defensa impugnó el monto de la pena. Alegó que 6 años de prisión es “desproporcionado” y que los jueces de Roca no aplicaron “correctamente los atenuantes y agravantes”. Sobre el punto el TI definió que “el monto de la sanción no resulta arbitrario” ni se demostró algún error judicial en esa valoración.

“La extensión del daño es considerable, dado que este tipo de delitos perpetúan el sufrimiento de niños, niñas y adolescentes, quienes son víctimas de abusos sexuales capturados en imágenes crueles y degradantes. Estas imágenes no solo perpetúan su revictimización, sino que provocan daños irreparables en su desarrollo emocional y psicológico”, dijeron los jueces.

“Otra agravante relevante es el perfil del imputado, quien, a través de su formación profesional y sus actividades públicas, debía comprender la gravedad de sus actos”, concluyeron.

(No se hizo mención a lo que transmite la imagen de un conductor televisivo a la audiencia y familias, respecto a una calidad y cualidad moral de muy importante ascendencia y que perjudica notoriamente a colegas y presentadores que viven cuidando ese mensaje visual de ascendencia por un medio tan importante como la televisión, que le había fabricado un contenido moral destacado al condenado)

Articulo Anterior

EL RECORTE DE REMEDIOS A JUBILADOS «ES ...

Articulo Siguiente

DESTAPAN DESCOMUNAL ESTAFA DEL MADOFF EN ROSARIO

0
Compartir
  • 0
  • +
  • 0
  • 0
  • 0

Artículos Relacionados Más Artículos del Autor

  • Interes. Gral.

    FERIADO DE SEMANA SANTA, RESTRICCIÓN DE CAMIONES EN RUTAS NACIONALES

    28 marzo, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    OTRA VEZ BRUTAL REPRESIÓN EN EL CONGRESO Y OTRA VEZ CONTRA LA PRENSA

    2 febrero, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    HOY SE ABRE LA 51° EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL DE LA NIEVE EN CERRO CATEDRAL

    3 agosto, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    RUTA 237 INTRANSITABLE POR NIEVE ENTRE PIEDRA DEL AGUILA Y A° LIMAY CHICO

    24 junio, 2022
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    PEREGRINACIÓN DE CEFERINO: IMPORTANTE OPERATIVO DE SEGURIDAD EN CHIMPAY

    23 agosto, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    CUIDADO AL TOMAR SOL EN LAS PLAYAS POR PRESENCIA DE LADRONES DESCUIDISTAS

    3 enero, 2024
    Publicado por BarilocheD

  • Policial & Judicial

    AMENAZÓ CON HACER VOLAR LAS OFICINAS POR LOS ELEVADOS PRECIOS DE LOS PASES DE ESQUI

  • Municipales

    CRONOGRAMA DE ENTREGA DEL PLAN CALOR DE ESTA SEMANA, SALVO FERIADO DEL 9 DE JULIO

  • Interes. Gral.

    MUY IMPORTANTE: SÓLO UN DIEZ POR CIENTO DE USUARIOS PAGARA LA TARIFA PLENA DE LUZ Y GAS

Seguínos en las Redes Sociales

Concientización Social

CONTACTO

Bariloche Digital

  •  Roberto Sosa Lukam
  •   Mitre 125 - Oficina 122 EP/ San Carlos de Bariloche
  •  +54 294 458-7367
  • sosalukman@gmail.com

Agradecimiento

Gracias a los televidentes de El Catalejo Te Ve que nos insistieron en intentarlo, a la previsión de haber adquirido la dirección web en 2002 y a mantenerla desde entonces,iniciamos un 9 de Abril de 2010 un nuevo emprendimiento periodístico, festejando los CINCO años de vida de EL CATALEJO TE VE, un programa que Bariloche necesitaba porque lo que hubo en los últimos años no satisfizo. Depositamos en este digital un sinnúmero de esperanzas y aspiraciones, siempre con la idea de contribuir a brindar más Libertad de Expresión, más Democracia, más Valores y también una Férrea defensa del Sistema Democrático. Podrán participar todos quienes se manejen con el debito respeto, lenguaje y consideración y honestamente, intentaremos ser lo más objetivos dentro de nuestra obvia subjetividad. Permitimos reproducir la información citándo la fuente.

Quienes Somos

Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

Programa de Periodismo Político que se difunde simultáneamente en ambos Video-cables de San Carlos de Bariloche desde el primer jueves de Febrero de 2006.

Domicilio Legal: Tacuarí 52. S.C. de Bariloche, Río Negro - Argentina.
  • Portada
  • Contacto
Copyright © 2022 ® Bariloche Digital | Sitio Producido por Karma Web Sitios