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Inicio›Policial & Judicial›Rechazan pedido para incluir los gastos de cuidado de un caballo en la cuota alimentaria

Rechazan pedido para incluir los gastos de cuidado de un caballo en la cuota alimentaria

Publicado por BarilocheD
27 marzo, 2025
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Una jueza de Familia de Viedma rechazó un pedido poco común: que el padre de una niña pague la pensión de un caballo como parte de la cuota alimentaria. La solicitud fue presentada por la madre, quien también pidió que el hombre se hiciera cargo de las clases de equitación. Según explicó, ambas cosas estaban incluidas en un acuerdo firmado entre los dos.

Si bien el fallo no aceptó incorporar el gasto del animal, sí ordenó que el padre contribuya parcialmente con la actividad ecuestre y el tratamiento psicológico de la niña. El conflicto surgió por el supuesto incumplimiento de un convenio firmado en noviembre de 2020, donde ambos progenitores se comprometían a cubrir gastos extraordinarios y actividades fuera del colegio de la persona menor de edad.

La madre denunció que el padre dejó de pagar la equitación en diciembre de 2023, y que desde entonces su hija siguió montando con caballos prestados, hasta que finalmente pudieron comprar uno propio. Por eso pidió que también se cubrieran los gastos de su mantenimiento.

El padre se opuso y dijo que la compra del caballo fue una decisión unilateral de la madre. Aclaró que él solo había aceptado pagar una clase semanal de equitación, como figuraba en el acuerdo firmado, y no estaba dispuesto a asumir nuevos costos. Además, presentó una liquidación en la que detalló algunos pagos que él había hecho y que, según dijo, la madre debería compensar, como útiles escolares y consultas psicológicas.

La jueza revisó los documentos de ambas partes y resolvió que el padre deberá pagar $ 190.000 a la madre por clases de equitación y terapia psicológica. Al mismo tiempo, reconoció que la mujer le adeuda al hombre $ 288.361,17 por gastos educativos comprobados. Ambos deberán compensar esos montos y saldar las diferencias.

En cuanto al equino, la jueza fue clara: la pensión del animal no puede considerarse un gasto extraordinario ni esencial para el desarrollo de la niña, por lo que no corresponde que el padre lo pague a menos que haya un acuerdo específico que lo diga.

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