TECHO DIGNO. RECHAZAN IMPUTACIÓN CONTRA EX-INTENDENTE IVANCICH

La jueza María Eugenia Gadano rechazó el pedido de la Fiscalía para formular cargos contra el ex intendente Luis Ivancich por defraudación a la administración pública y peculado. El hecho se vincula con la mega causa de Techo Digno. En este caso, la ejecución de una obra de 104 viviendas en General Enrique Godoy, financiada con fondos nacionales.
Según la acusación, el municipio recibió más de 47 millones de pesos destinados exclusivamente a esa obra y, durante la gestión de Ivancich como intendente, se habrían ordenado pagos a la empresa contratista ECA S.A.
La jueza observó que la Fiscalía sostiene que Ivancich tenía a su cargo el manejo, la administración y el cuidado de los fondos, pero no precisa cuál de esas funciones ejercía ni cómo se configuró ese vínculo.
Esta distinción resulta clave, ya que el tipo penal exige determinar si existió abuso de administración o infidelidad en el cuidado de los bienes. Tampoco queda claro cuál fue la conducta concreta atribuida: si el perjuicio derivó de ordenar pagos, de realizarlos sin certificación de obra o de otra acción específica.
Además, la sentencia señala la ausencia del elemento subjetivo del delito, es decir, la intención de obtener un beneficio indebido o causar un daño. La acusación tampoco explica con claridad el mecanismo fraudulento ni cómo se habría producido el perjuicio patrimonial. Incluso, las diferencias entre dos períodos de pagos mencionados por la Fiscalía carecen de una justificación precisa.
El fallo también compara la imputación actual con la formulada en 2021. En aquel momento, se sostenía que los fondos nacionales se habían obtenido mediante certificaciones de obra falsas. Ahora, esa hipótesis fue descartada, pero no se incorporó una nueva explicación que describa una maniobra delictiva concreta. Para la jueza, este cambio deja a la imputación sin un hecho penal claro y la acerca más a un posible conflicto administrativo o contractual.
En relación con el delito de peculado, que la Fiscalía introduce por primera vez, la jueza entiende que los hechos imputados —movimientos de dinero desde cuentas específicas hacia otras cuentas municipales y la constitución de plazos fijos— no presentan elementos suficientes para configurar el delito en esta instancia, y remite a fundamentos ya expuestos en otro expediente similar.
Por todo ello, concluye que la acusación no cumple con los requisitos mínimos para una formulación de cargos. Considera que no se describen de manera concreta la conducta, el modo de comisión ni la intención del imputado. En consecuencia, resuelve no tener por formulados los cargos contra Ivancich por defraudación a la administración pública ni por peculado.








