¿DONDE TERMINA EL DERECHO DE UN IMPUTADO Y COMIENZA LA DES´PROTECCIÓN DEL BIEN COMÚN?

Nota de opinión de Ariel Rivero (*): La reciente decisión adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Roca de otorgar prisión domiciliaria a dos personas con prontuario y antecedentes de reincidencia por tráfico de estupefacientes pone nuevamente sobre la mesa un debate agotador para la sociedad: ¿Dónde termina el derecho del imputado y dónde comienza la desprotección del bien común?
Cuando el Poder Judicial desestima el riesgo procesal y la gravedad institucional de un delito como el narcotráfico, un flagelo temible que está matando a nuestros jóvenes, en favor de medidas atenuadas, por más excepcionales que se las considere, no solo genera una sensación de impunidad, sino que se debilita la estructura misma del sistema de justicia penal.
La justicia, en su afán por humanizar la pena, a menudo incurre en una suerte de «miopía técnica». Si bien las circunstancias familiares pueden ser consideradas en casos excepcionales, estas no deberían eclipsar la peligrosidad procesal que representa un delincuente reincidente en casos de esta naturaleza.
El tráfico de drogas no es un delito de oportunidad; es un delito de organización. Otorgar una domiciliaria a quien ya ha demostrado un desprecio sistemático por la ley y las normas de conducta previas es, en la práctica, facilitar la continuidad de la estructura delictiva desde la comodidad del hogar e incluso dañar a sus propios hijos, a los que el juez pretende defender.
Nuestros legisladores han trabajado y trabajan en adecuar la legislación para terminar con la “puerta giratoria”, para que la justicia actúe aún con más severidad en los casos de “reiterancia”, buscando alternativas para enfrentar este cada vez más grave problema y todo lo que ello trae aparejado, para cuidar la salud de nuestros pibes que caen en esa devastadora enfermedad que es el consumo de sustancias, aparece esta actitud de algunos jueces que son realmente desalentadoras.
Decisiones como las del Juez de Cámara Marcos Aguerrido, que en otro caso de similares características pero con un hombre reincidente de El Bolsón, ha adoptado igual resolución en este mismo mes, rompe el contrato social, ratifica el pensamiento de muchos ciudadanos que perciben una justicia de puertas giratorias, que deslegitima el trabajo y el accionar de las fuerzas policiales y que en definitiva valida que los delincuentes sigan operando fuera de la ley.
La reincidencia es la prueba empírica de que los mecanismos previos de control fallaron. Si el Estado ya le dio una oportunidad al individuo y este volvió a delinquir en un área tan sensible como el tráfico de drogas, el beneficio de la duda tiene, en todos los casos, que inclinarse hacia la protección de la salud pública de toda la población.
Sin embargo, el juez antepone la situación de cinco jóvenes familiares de estos delincuentes, de los que, en todo caso, se deberá ocupar el Estado a través de las instituciones y organizaciones creadas para tal fin.
El garantismo, mal entendido, se convierte en una herramienta que protege al victimario a expensas de la comunidad. Los jueces tienen la responsabilidad de evaluar no solo el expediente individual, sino el impacto sistémico de sus decisiones. En un contexto de crisis de seguridad, la domiciliaria para reincidentes en narcotráfico no parece un acto de justicia, sino un alarmante síntoma de desconexión institucional.
(*)Ariel Rivero es Presidente de Primero Río Negro.
N de la R: Muchas veces vemos en algunas sentencias de los jueces, la desconección con la realidad y/o la falta de empatía con la ciudadanía, de algunos fallos. Se da sobre todo en asesinatos, violaciónes de menores y muertes violentas innecesarias absolutamente con robos realizados. Hay que reconocer que muchos jueces viven una realidad totalmente diferente a la de sus justiciables y ciudadanía en general.-








