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Inicio›Policial & Judicial›LA JUSTICIA RECHAZÓ EL PLANTEO DE UPCN CONTRA EL CONTROL BIOMÉTRICO EN SALUD

LA JUSTICIA RECHAZÓ EL PLANTEO DE UPCN CONTRA EL CONTROL BIOMÉTRICO EN SALUD

Publicado por BarilocheD
24 septiembre, 2026
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La Justicia de Río Negro rechazó la acción de amparo presentada por UPCN contra el sistema de registro de asistencia por biometría facial implementado en el Ministerio de Salud y permitió que la herramienta continúe vigente. El fallo concluyó que no existe daño grave e irreparable, ni una ilegalidad o arbitrariedad manifiesta por parte de la Provincia.

La sentencia fue dictada el 22 de septiembre en Viedma y resolvió el planteo mediante el cual UPCN buscaba dejar sin efecto la aplicación del sistema para los trabajadores que habían manifestado su oposición.

Durante el proceso, la Fiscalía de Estado defendió la decisión provincial y sostuvo que no existía un perjuicio cierto y actual para los agentes, que el control de asistencia forma parte de las facultades del Estado como empleador y que cualquier cuestionamiento podía ser tratado mediante otras vías administrativas y judiciales.

Al resolver, la Justicia coincidió con aspectos sustanciales de esa posición y valoró los mecanismos de seguridad implementados para proteger la información. También tuvo en cuenta que los datos permanecen bajo custodia de la infraestructura tecnológica provincial y que no se acreditó un daño concreto derivado del funcionamiento del sistema.

El fallo destacó además que la herramienta no almacena fotografías de los trabajadores, sino rasgos faciales de carácter no fotográfico definidos mediante ecuaciones matemáticas. También señaló que la huella dactilar, mecanismo que los propios amparistas proponían mantener como alternativa, constituye igualmente un dato biométrico.

La sentencia consideró que, dentro del marco excepcional de un amparo, no surge una actuación manifiestamente ilegal o arbitraria de la Provincia y remarcó que la normativa nacional contempla supuestos en los que el consentimiento individual no resulta necesario cuando los datos son recabados para el ejercicio de funciones propias del Estado o en el marco de una relación contractual.

Finalmente, la Justicia entendió que existen otras vías administrativas y judiciales adecuadas para discutir los planteos formulados y rechazó la acción promovida por UPCN contra el Ministerio de Salud y la Secretaría de la Función Pública.

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