CRISTINA KIRCHNER FUE CONDENADA A SEIS AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN PARA EJERCER CARGOS

HAY QUE SEÑALAR QUE LA SENTENCIA PUEDE SER Y SERÁ APELADA POR LO QUE NO SE ENCUENTRA FIRME A TODOS LOS EFECTOS. El tribunal, integrado por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini, dio a conocer sólo el veredicto (inocente o culpable, y en este último caso cuántos años de pena) pero no aún los fundamentos de la sentencia.
Los jueces disponen de un período de 40 días hábiles para dar a conocer esos fundamentos, lo cual –teniendo en cuenta la proximidad de la feria judicial de enero- estira los plazos al primer trimestre del año próximo.
En este marco, la vicepresidenta Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública con la obra pública en Santa Cruz.
Asimismo, tanto la ex mandataria como Lázaro Báez, José López y Nelson Periotti fueron absueltos del delito de asociación ilícita por el que habían sido acusados en el juicio por la obra pública en Santa Cruz.
Al igual que a la vicepresidenta, Lazaro Baez fue condenado a 6 años de prisión y fue absuelto del delito de asociación ilicita. En el caso de Baez, se lo consideró «participe necesario» del delito de administración fraudulenta.
El ex secretario de Obra Pública José López, también fue condenado a 6 años de prisión e inhabilitado para ejercer cargos públicos. Por su parte, Julio de Vido fue absuleto del delito de «asociación ilicita».
Así lo determinó la sentencia de los magistrados Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini. La lectura del veredicto, que se realizó por videoconferencia para todas las partes y con la presencia en el tribunal de los tres jueces, fue realizada por el magistrado Jorge Gorini.
Para que una persona quede inhabilitada como candidata tienen que conjugarse varios factores: por un lado, que la persona tenga una condena firme es decir se hayan agotado todas las posibilidades de contiuar discutiendo la justicia de la misma ante los fueros que correspondan incluída la Corte Suprema.-
En segundo lugar, que la condena sea por un delito con pena privativa de la libertad, es decir, que sea superior a 3 años de cumplimiento efectivo y por último, que la condena esté en ejecución, para que una vez cumplida, la persona recupera el derecho a ser candidato.
Cristina, apelando y si quisiera, podrá ser candidata a un cargo electivo y todos coinciden en que no será finalmente condenada pero el daño buscado, el desprestigio de la vicepresidenta se habrá cumplido sobre todo para quienes observan desde el exterior.-
En nuestra ciudad aproximadamente a las 18, vecinos e integrantes de diversas agrupaciónes políticas marcharon por el centro de la ciuad hasta el Centro Cívico, presididos por banderas argentinas y una gran pancarta que pedía «RENUNCIEN», mostrando su repudio a la condena recibida por CFK