CUÁNDO COMIENZA LA VEDA ELECTORAL Y QUÉ NO SE DEBERÍA HACER

La veda electoral consiste en una serie de restricciones que rigen durante el proceso electoral y que los ciudadanos no pueden infringir. Las prohibiciones comienzan 48 horas antes de la votación y finalizarán tres horas después del cierre de las urnas.
En consecuencia la veda electoral comenzará el viernes 24 de octubre a las 8 de la mañana y se extenderá hasta tres horas después de la finalización de los comicios. Durante ese tiempo, estarán prohibidas las siguientes actividades:
Reuniones de electores o depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.
Espectáculos públicos al aire libre o en espacios cerrados, así como cualquier reunión no vinculada al acto electoral.
Publicación o difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.
Entrega de boletas dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
Venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la elección y hasta tres horas después de su cierre.
Si algún partido político infringe la veda electoral mediante actividades de campaña, podrá perder el derecho a recibir financiamiento público durante uno a cuatro años, además de quedar excluido del financiamiento electoral por una o dos elecciones.
Los ciudadanos que incumplan la normativa podrán recibir multas de entre $10.000 y $100.000 o incluso ser detenidos por hasta 15 días si realizan propaganda política o exhiben banderas y distintivos partidarios en la vía pública durante la jornada electoral.









