Bariloche Digital

Top Menu

  • Bariloche Digital
  • Contacto

Main Menu

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas

logo

Header Banner

Bariloche Digital

  • Portada
  • Policiales & Judiciales
  • Municipales
    • Regionales
    • Argentina & Gobiernos
    • Del Exterior
  • Política & Sindical
  • Interés General
  • Deportivas
  • Opinión
  • Necrológicas
Interes. Gral.
Inicio›Interes. Gral.›DONÓ UNA CASA PERO MURIÓ SIN LA ACEPTACIÓN. EL IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL

DONÓ UNA CASA PERO MURIÓ SIN LA ACEPTACIÓN. EL IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL

Publicado por BarilocheD
12 septiembre, 2023
992
0
Compartir:

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dirimió un conflicto que quedó atrapado en la transición del Código Civil de Vélez al nuevo Código Civil y Comercial, aprobado en el año 2015. En el caso se trató de la donación de una casa que se efectuó mediante escritura pública en diciembre de 2004, y el donante falleció tres años después.

El beneficiario era uno de los hijos del propietario y algunos de sus hermanos habían consentido la decisión.

El antiguo Código Civil y Comercial de la Nación permitía la aceptación de la donación aún después de la muerte del donante, pero el nuevo Código eliminó esa opción, de acuerdo al régimen actual, ello debe hacerse mientras el donante se encuentra vivo. Sin embargo el beneficiario no aceptó la donación en vida de su padre, ni lo hizo después.

Este cambio se basó en la naturaleza contractual de la donación. En consecuencia, si una de las partes fallece antes de la formación del acuerdo de voluntades, no puede existir un contrato.

En otras palabras, si la persona donante fallece, sin que la beneficiada acepte, la oferta queda sin efecto jurídico. La cuestión que se debatió es ¿cuál de los dos códigos debía aplicarse?

El voto mayoritario argumentó que a partir de la promulgación del nuevo Código Civil y Comercial, deben regir los principios de irretroactividad y aplicación inmediata de la ley sobre las situaciones existentes al momento de su entrada en vigencia.

En el caso concreto, se trató de una situación jurídica en proceso de formación, (no agotada) que solo se completa con la aceptación que debe darse también por escritura pública y en vida del donante, es decir que es una situación que debe regirse con las prescripciones del nuevo Código y no con el anterior.

En consecuencia, las ofertas de donación realizadas mientras regía el Código Civil que no hayan sido aceptadas durante su vigencia, caen en la órbita del Código Civil y Comercial y deberán serlo mientras el donante se encuentre en vida y recepte la aceptación.

 

Articulo Anterior

RÍO NEGRO DICE PRESENTE EN LA NOCHE ...

Articulo Siguiente

ALERTA Y MOVILIZACIÓN DE PARQUES NACIONALES EN ...

0
Compartir
  • 0
  • +
  • 0
  • 0
  • 0

Artículos Relacionados Más Artículos del Autor

  • Interes. Gral.

    LA ANMAT APROBÓ UNAS GOTAS QUE CORRIGEN LA PRESBICIA. CHAU A LOS ANTEOJOS

    1 septiembre, 2025
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    BUSCABAN EN CHILE A UNA MUJER EXTRAVIADA Y HALLARON OTROS RESTOS CON SIGNOS DE ATAQUE DE UN PUMA

    17 julio, 2023
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    ESTÁ HABILITADO EL PASO INTERNACIONAL CARDENAL SAMORE

    28 junio, 2025
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    SE SUSPENDI{O LA ENTREGA DEL PLAN CALOR EN BARRIO ARRAYANES POR EL TEMPORAL

    11 agosto, 2026
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    STJ RATIFICÓ QUE PARA AVANZAR EN LA PROPIEDAD COMUNITARIA INDÍGENA SE DEBE DICTAR LA LEY ESPECIAL Y CONCLUÍR EL RELEVAMIENTO ...

    29 agosto, 2024
    Publicado por BarilocheD
  • Interes. Gral.

    ATENCIÓN: NO HAY SUPERMERCADOS POR EL DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO

    26 septiembre, 2022
    Publicado por BarilocheD

  • Regionales

    DOS HOMBRES RESCATADOS ESTANDO A LA DERIVA EN UN BOTE EN EL EMBALSE ALICURÁ

  • Deportivas

    DESAFÍO RUTA 23: «DE LA CORDILLERA AL MAR»

  • Del Exterior

    HACE DOS MESES HAMÁS ATACABA ARTERAMENTE UN RECITAL Y VARIOS KIBUTZ MATANDO Y SECUESTRANDO REHENES

Seguínos en las Redes Sociales

Concientización Social

CONTACTO

Bariloche Digital

  •  Roberto Sosa Lukam
  •   Mitre 125 - Oficina 122 EP/ San Carlos de Bariloche
  •  +54 294 458-7367
  • sosalukman@gmail.com

Agradecimiento

Gracias a los televidentes de El Catalejo Te Ve que nos insistieron en intentarlo, a la previsión de haber adquirido la dirección web en 2002 y a mantenerla desde entonces,iniciamos un 9 de Abril de 2010 un nuevo emprendimiento periodístico, festejando los CINCO años de vida de EL CATALEJO TE VE, un programa que Bariloche necesitaba porque lo que hubo en los últimos años no satisfizo. Depositamos en este digital un sinnúmero de esperanzas y aspiraciones, siempre con la idea de contribuir a brindar más Libertad de Expresión, más Democracia, más Valores y también una Férrea defensa del Sistema Democrático. Podrán participar todos quienes se manejen con el debito respeto, lenguaje y consideración y honestamente, intentaremos ser lo más objetivos dentro de nuestra obvia subjetividad. Permitimos reproducir la información citándo la fuente.

Quienes Somos

Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

Programa de Periodismo Político que se difunde simultáneamente en ambos Video-cables de San Carlos de Bariloche desde el primer jueves de Febrero de 2006.

Domicilio Legal: Tacuarí 52. S.C. de Bariloche, Río Negro - Argentina.
  • Portada
  • Contacto
Copyright © 2022 ® Bariloche Digital | Sitio Producido por Karma Web Sitios