LA CORTE SUPREMA RECHAZÓ EL PEDIDO DE «DERECHO AL OLVIDO» DE NATALIA DENEGRI
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo de la Cámara Civil que favorecía el pedido que había hecho Natalia Denegri por el “Derecho al olvido” para que eliminara de los buscadores de internet todo contenido que la relacionara al “Caso Coppola”.
El máximo tribunal priorizó e hizo una fuerte defensa del derecho a la información y de la libertad de expresión. Además, aseguró que en aquel entonces Denegri se expuso a las cámaras por voluntad propia.
A poco más de tres meses de celebrada la audiencia pública, el máximo tribunal de justicia del país consideró que no se advierte fundamento constitucional ni legal alguno que sustente la pretensión de Denegri.
Concretamente, no se han brindado argumentos suficientes que demuestren que una persona que fue y es figura pública tenga el derecho a limitar el acceso a información veraz y de interés público que sobre ella circula en internet, dice el fallo.
La Corte dijo que esa información resulta accesible al público de acuerdo a su propia discreción y preferencias, por lo que no es atinado considerar los datos inapropiados a la auto percepción de la identidad actual de Denegri.
El máximo tribunal tuvo en cuenta que los hechos denunciados existieron, dejó abierta la posibilidad de aplicar el derecho al olvido en otros casos y alertó sobre la falta de transparencia de los algoritmos utilizados por la demandada.
De esta forma se cierra un aspecto fundamental de ciertas mentalidades que creen que durante su vida pueden hacer lo que quieran y los demás no solo no podrán reprocharselo alguna vez (como los hijos o los damnificados por esas acciones) sino recordarlo cuando estimen necesario, en atención a la opinión pública.
Es pertinente tambien para aquellos que nacieron en una cuneta y por esas cosas de la vida, se olvidan y pretenden se olviden todos los demas, aunque se vistan de seda ¿no?