ORDENAN INDEMNIZAR A TRABAJADORES MUNICIPALES QUE LIMPIABAN BAÑOS SIN SUELDOS NI CONTRATOS
Un fallo judicial expuso las condiciones precarias en las que dos trabajadores prestaron servicio durante más de dos décadas en la terminal de ómnibus de Bariloche. Sin contrato ni aportes de la Municipalidad, su única remuneración eran las propinas que les dejaban los usuarios.
En 2017, el Poder Ejecutivo municipal decidió prescindir de sus servicios sin previo aviso ni indemnización. Ante esta situación, un hombre y una mujer iniciaron una demanda judicial. La Cámara Segunda del Trabajo determinó que existió una relación laboral y ordenó a la Municipalidad de Bariloche indemnizarlos.
Los trabajadores comenzaron sus tareas en 1995. Se encargaban de la limpieza de los baños de hombres y mujeres, respectivamente. Cumplían jornadas de lunes a lunes, desde las 7:30 hasta las 21:30, sin descanso los fines de semana ni feriados. Durante más de 20 años, no recibieron salario ni cobertura social: solo dependían de lo que los pasajeros y usuarios decidieran dejarles.
Al inicio de sus funciones, les prometieron que, por razones administrativas, en un primer momento solo percibirían propinas, pero que más adelante tendrían un salario fijo. Sin embargo, ese compromiso nunca se cumplió y continuaron trabajando sin sueldo.
El 31 de agosto de 2017, una secretaria de la intendencia les comunicó que la limpieza de los baños pasaría a ser responsabilidad del personal municipal.
El tribunal consideró que la comuna se benefició de los servicios de los empleados sin reconocerles derechos laborales básicos. La Cámara subrayó que la falta de un contrato formal no desvirtúa la existencia de una relación laboral.
«Quien recibe el servicio y se beneficia con él no puede desligarse de las obligaciones que de ello derivan, menos aún en un vínculo que se sostuvo durante más de 20 años», sostiene el fallo.
Además, los jueces valoraron los testimonios que daban cuenta de la promesa de un sueldo fijo. Si bien el municipio nunca formalizó el compromiso, el tribunal entendió que la expectativa generada en los trabajadores reforzaba la existencia de un vínculo laboral encubierto.
Finalmente, la Cámara condenó al municipio a indemnizar a los trabajadores por la falta de registración y el despido arbitrario. También ordenó entregarles la certificación de aportes y servicios.