AVANZA A JUICIO POR JURADOS LA CAUSA DEL HOMICIDIO DE RICARDO HERRERA Y LESIONES LEVES
Un jurado popular de la provincia determinará la responsabilidad o no, de un hombre acusado de cometer homicidio, cuya víctima resultó Ricardo Herrera y lesiones leves cometidas en contra de su pareja. Además se rechazó el pedido de sobreseimiento del imputado.-
Se dispuso que continúe detenido con prisión preventiva hasta la realización del juicio. Instancia a la que se arribó en la jornada de hoy, luego de diversos planteos procesales realizados por la defensa pública del imputado.
Cabe recordar que por este hecho fue absuelto otro hombre en el mes de junio del año pasado, como partícipe secundario.
El hecho que le atribuye la fiscalía ocurrió el 30 de mayo de 2021 entre las 22:00 y las 23:00 horas aproximadamente, en la esquina de calle Otto Goedecke y Los Notros, conducido por el acusado junto a su consorte de causa, -sentado en el asiento del acompañante-.
El imputado bajó del auto y comenzó a insultar, agredir verbalmente a Herrera. Luego se acercó y agredió a la víctima mediante un golpe de puño en el rostro. Su pareja ante este cuadro intenta socorrerlo y resulta golpeada también, por el acusado. La mujer cae al piso.
El acusado retorna a su auto y extrajo un elemento corto punzante para volver y apuñalar a Herrera, siendo este un cuchillo de fabricación casera .
Producto de esta conducta descripta, la mujer presentó lesiones leves en tanto que Herrera presentó herida de arma blanca en abdomen, lo que provocó un shock hipovolémico, causándole la muerte. Asimismo, presentó otras lesiones, algunas de carácter defensivo. Producto de la gravedad de la herida del abdomen fallece a las 00:19 hs del día 31 de mayo.
La fiscal jefe describió en la audiencia de control de acusación llevada a cabo días atrás, la evidencia que conforma parte del legajo.
El abogado por la querella adhirió a lo ofrecido por la fiscalía, para ser producido en el debate.
La defensa penal pública del acusado ofreció material probatorio acorde a sus intereses procesales y a su teoría del caso, en sintonía con los planteos formulados acerca de la autoría material del hecho.
Se espera la declaración testimonial ante el jurado popular de alrededor de unos 50 testigos ofrecidos por las partes.
El Juez de Juicio que presidió esta audiencia, dada la pretensión punitiva superior a los doce años; ordenó a la Oficina Judicial la conformación de un Jurado Popular de 12 miembros titulares. En una de las primeras instancias de esta audiencia, dió por válida la acusación, por encontrarla debidamente circunstanciada.
Hizo lo propio con la evidencia presentada por las partes para juzgar al hombre por el delito de homicidio y lesiones leves cometidas en contra de la pareja de la víctima de acuerdo a lo normado en los artículos 79, 89, 45 y 55 del Código Penal.