UN HOMBRE INGRESÓ A LA ZONA DE EXCLUSIÓN Y FUE CONDENADO POR VIOLENCIA DE GÉNERO
Un hombre de Cinco Saltos que estaba siendo monitoreado por un dispositivo desobedeció la orden judicial y terminó condenado a diez meses de prisión efectiva. En la audiencia de formulación de cargos, una jueza de garantías de Cipolletti resolvió que no podía acercarse a 300 metros de la víctima. Para ello dispuso la utilización del sistema electrónico tipo dual.
Surge de la sentencia que el acusado ingresó dos veces a la zona de exclusión y como prueba de esa circunstancia el área de Género de la Secretaría de Estado de Seguridad de la provincia aportó un video en el que se aprecia el recorrido del imputado.
La medida cautelar había sido fijada por una jueza de garantías a raíz de una acusación por amenazas y daños en contexto de violencia de género.
El hombre contaba con antecedentes penales y por ello las partes acordaron la realización de un juicio abreviado. El acusado admitió haber desobedecido la orden de la jueza y aceptó la imposición de una pena de dos meses de prisión efectiva. Sin embargo, a raíz de esas otras causas la condena se unificó en diez meses de cárcel.
El juez de juicio de Cipolletti Julio Sueldo homologó el acuerdo arribado entre la fiscalía y la defensa particular del imputado y dictó la sentencia.
El nombre no se consigna aquí con el objetivo de resguardar la identidad de la ex pareja, que fue víctima de los hechos.
El juicio abreviado
Es una modalidad de juzgamiento que permite llegar a una condena mediante un acuerdo entre el acusado, la defensa, el fiscal y la víctima. Es una herramienta que aporta celeridad y economía al proceso penal. Una solución rápida y consensuada del conflicto.
El imputado debe reconocer su participación en el delito y aceptar la pena que le proponga la fiscalía. Para llegar al acuerdo se hace una audiencia oral y pública con todas las partes. En el mismo acto el juez o jueza evalúa la propuesta. Puede aceptarla y dictar la condena o rechazarla.