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Inicio›Policial & Judicial›FORMULAN CARGOS A MIEMBROS DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL DE LA QUE FORMARÍA PARTE BARGIELA

FORMULAN CARGOS A MIEMBROS DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL DE LA QUE FORMARÍA PARTE BARGIELA

Publicado por BarilocheD
14 noviembre, 2024
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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos hoy a tres hombres acusados de conformar una asociación destinada a cometer delitos de manera organizada y sostenida. La misma – sostuvieron- se encontraría operativa en Bariloche desde febrero de 2022 y estaría vinculada a la apropiación y negociación ilegal de inmuebles.

El Juez de Garantías Dr. Víctor Gangarrosa, habilitó formalmente la investigación contra Jonathan Rabinovici, Carlos Bracamonte y Pablo Scaglia como integrantes de una asociación ilícita de la que, según la fiscalía, también habría formado parte el propio Facundo Bargiela. Fue justamente un desacuerdo derivado de los negocios espurios, lo que derivó en el asesinato de este último.

Uno de los imputados ya había sido condenado a veinte años de prisión como autor del homicidio de Facundo Bargiela. Otro de ellos está imputado en esa misma causa en calidad de partícipe necesario. Un tercer hombre fue acusado hoy por encubrimiento en una audiencia realizada momentos antes.

Destacó el fiscal César Lanfranchi que los tres imputados «se organizaron con cierta estabilidad y permanencia para desplegar una pluralidad de maniobras delictivas indeterminadas, relacionadas con la apropiación y negociación ilegal de inmuebles, afectando de ese modo el orden público al perturbar la seguridad y confianza social».

«Dichas maniobras indeterminadas consistieron en la planificación y/o ejecución principalmente de los delitos de usurpación, defraudación, falsificación de documentos y amenazas, entre otros», agregó el fiscal del caso.

Según la acusación, para lograr su cometido distribuyeron sus tareas en función del conocimiento recíproco de algunos de sus miembros y de sus respectivas cualidades personales tales como la experiencia, los contactos personales, las habilidades físicas y deportivas, el manejo de armas de fuego y la accesibilidad de recursos e información útil para sus fines ilícitos.

En lo particular, y sin perjuicio de que en algunas ocasiones pudo haber existido una variación de las respectivas funciones que desarrollaban, Bargiela y quién lo mató actuaban primordialmente a modo de brazo operativo de la organización y como nexo tanto entre sus integrantes como con otras personas a las cuales les requerían o encomendaban la prestación de servicios inherentes a sus actividades. Se encargaban también del despliegue de conductas violentas de intimidación y amenazas a las personas para lograr sus fines.

Otro de los imputados se encargaba principalmente de procurar la falsificación de documentos a través de contactos y mecanismos que tenía establecidos con anterioridad a la conformación de la asociación ilícita, y de montar diversos ardides tendientes a darles apariencia legítima a los negocios inmobiliarios ilegales que desarrollaba la asociación.

El hoy acusado, por su parte, brindaba asesoramiento financiero y les proporcionaba a los demás recursos económicos y materiales propios para facilitar las actividades que éstos desarrollaban en el marco de la organización criminal que conformaban.

En relación a sus formas de organización, mientras existió la asociación ilícita ellos tres integraron un grupo Whatsapp denominado “Lotes”, a través del cual concertaban reuniones y pergeñaban diversas maniobras de la índole antes referenciada en relación a negocios inmobiliarios ilegales.

Incluían además planes y estrategias para la comercialización de los terrenos en los cuales participaba ocasionalmente otro de los imputados. La banda criminal se extinguió el 7 de abril de 2024, fecha en la cual se cometió el homicidio de Facundo Bargiela.

El sustento probatorio incluye testimonios, análisis de dispositivos electrónicos realizados por OITEL, informes forenses y análisis de documentación secuestrada en una vivienda -donde fue detenido uno de los imputados de esta causa y en el homicidio- y aquella aportada por la familia de la víctima.

Se agregaron más de 5000 hojas de extracción forense de los celulares, informe de Gendarmería Nacional, documentación compuesta por escrituras públicas, cesiones de derechos, DNI de distintas personas, boletos de compraventa, anotaciones manuscritas, entres otras.

Los acusados fueron asistidos por defensores particulares quienes no se opusieron a la formulación de cargos. En cambio dos de ellos realizaron consideraciones a la declaración de causa compleja por considerar excesivo el plazo.

El Juez de Garantías que presidió esta audiencia tuvo por formulados los cargos por los hechos relatados en la presente audiencia asociación Ilícita, enmarcada en los artículos 210 y 45 del Código Penal, asignando responsabilidad en calidad de coautores a los imputados.

Encubrimiento

En la primera audiencia se formuló cargos por el delito de encubrimiento agravado a quien en el marco del homicidio habría facilitado la evasión del autor material y colaboró eliminando evidencias relacionadas al caso.

Los hechos indican que el hoy acusado, además de recibir en su domicilio a éste junto con el vehículo presuntamente utilizado para cometer el homicidio, habría gestionado su limpieza en un lavadero con el fin de borrar evidencias. «Procuró alterarlo y hacer desaparecer rastros existentes en dicho vehículo, disponiendo su traslado a un lavadero de esta ciudad para su limpieza ese mismo día», expresó uno de los fiscales.

Agrega la acusación que durante un allanamiento realizado el 17 de abril de 2024 en su vivienda, habría proporcionado información falsa a las autoridades, negando haber tenido contacto con el vehículo tras haberlo prestado. Esta omisión de datos y las acciones para desvirtuar las pruebas son elementos clave en la imputación.

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