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Inicio›Interes. Gral.›RECHAZAN RECURSOS DE LA COMUNIDAD TAMBO BAEZ ANTE SENTENCIA QUE DESESTIMÓ POSESIÓN ANCESTRAL DE TIERRAS EN COLONIA SUIZA

RECHAZAN RECURSOS DE LA COMUNIDAD TAMBO BAEZ ANTE SENTENCIA QUE DESESTIMÓ POSESIÓN ANCESTRAL DE TIERRAS EN COLONIA SUIZA

Publicado por BarilocheD
1 agosto, 2023
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Los jueces Mariano Roberto Lozano y Richar Gallego de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazaron el recurso que la comunidad Tambo Baez había presentado para tratar de revocar la sentencia de la exjueza federal María Silvina Domínguez. (foto de archivo)

Desestimó la acción de amparo presentada tiempo atrás por la Lof Tambo Báez contra el Estado Nacional, el Ejecutivo Nacional, el INAI y el Congreso de la Nación, a finales del 2021 para que se realizara la investigación que indica el Convenio 169 de la OIT.-

El amparo se presentó para que el Estado Nacional culmine en plazo perentorio y razonable el relevamiento previsto en la ley 26.160 de comunidades indígenas y para que la justicia declare “el territorio de ocupación tradicional de la comunidad como propiedad comunitaria de ésta en virtud de la ocupación ancestral que practica”.

Lozano recordó en su voto que la jueza federal que entendió en el amparo concluyó que no se encontraban configurados en el caso “los requisitos de excepción para la procedencia de la acción”.

La jueza concluyó en su momento, que la comunidad Tambo Báez “no logró demostrar que su pretensión no podía hallar una tutela adecuada en los procedimientos ordinarios, ni que se encontrase impedida de obtener mediante ellos la reparación de los perjuicios invocados, como tampoco que la remisión a esa vía ocasione un gravamen serio, no susceptible de reparación ulterior”.

El Ejército le hizo un juicio a la comunidad que a su vez impulsó una nueva demanda contra el Estado nacional para obtener el reconocimiento territorial.
—

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Roberto Sosa Lukam Periodista, Martillero Público Nacional, Profesor de Ciencias Sociales, Editor de www.barilochedigital.com y Conductor y Productor de EL CATALEJO Te Ve.

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