VLA: PSCHUNDER PIDIÓ LA NULIDAD DE LAS AUDIENCIAS

El abogado Jorge Alejandro Pschunder, defensor de Matías Massara, Campos Aldana y Enzo Gabriel Benítez, presentó una nueva impugnación contra la audiencia celebrada el 16 de mayo de 2025, en el marco de la causa judicial por la venta de terrenos en Brazo Rincón, y solicitó su nulidad por considerar que se vulneraron garantías constitucionales. El letrado tiene un pedido de sanción de fiscalía y solicitud de retiro de matrícula al Colegio Profesional.-
“Denuncio y me agravio por la violación a los derechos constitucionales y convencionales del derecho de defensa en juicio”, manifestó el letrado, quien también citó el Artículo 18 de la Constitución Nacional y el Artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Pschunder sostiene que la decisión sobre la recusación del juez Pombo fue adoptada “por escrito y no en audiencia, como expresamente solicitó esta defensa”, y que la misma fue resuelta el 15 de mayo a las 17 horas, lo que motivó la interposición de una impugnación y el pedido formal de suspensión de la audiencia del 16 de mayo.
El abogado fundamentó su presentación en los artículos 231 y 233 del Código Procesal Penal, que, según su interpretación, fueron ignorados por la Oficina Judicial, el Ministerio Público Fiscal y el juez de garantías.
“Surge a primera vista una animosidad por parte del Poder Judicial de Villa La Angostura contra este defensor y sus defendidos”, denunció. También recordó un antecedente similar ocurrido en febrero:
“El 2 de febrero de 2025 impugné la audiencia del 4 de febrero, y aunque el efecto suspensivo era claro, igual la celebraron”. Añadió que en esa oportunidad “se celebró recién el 20 de febrero la audiencia de impugnación”, y que ahora corresponde actuar de la misma manera.
“Deberán otorgar la impugnación y suspender la audiencia del 9 de junio de 2025, por estar debidamente y legalmente impugnada”, expresó.
Además, el abogado solicitó que se deje sin efecto el apercibimiento que le fuera impuesto como defensor, al considerar que se realizó una audiencia con un juez recusado. “Todo lo resuelto, como la fuerza pública para hacer comparecer a imputados y nuevos querellantes, es nulo de nulidad absoluta”, afirmó. (DiarioAndino)